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La posibilidad de fraccionar la retirada del carnet de conducir

Abordamos en esta ocasión un tema que bastante controvertido, al no estar debidamente legislado y cuya admisión depende única y exclusivamente del Juzgador, no existiendo hoy en día una unanimidad jurisprudencial al respecto.

En el caso de ser condenados a la pena de retirada del carnet de conducir y no superando la condena el año de duración, se está permitiendo en ocasiones bastante limitadas, el fraccionamiento en la retirada del referido carnet.

Para ello, se deben de cumplir ciertos requisitos a fin de obtener un fraccionamiento que no conllevará un perjuicio añadido al condenado, dado que este no es fin perseguido por el legislador.

El vehículo es absolutamente necesario para una importante parte de la sociedad, dado que, con el mismo, desarrollan su actividad laboral. Pensemos en autónomos, comerciales, taxistas, transportistas, mensajeros, etc. Para todos estos colectivos, la retirada total del carnet durante todo un año conlleva un perjuicio añadido a la propia condena.

Por eso, en el caso de haber sido condenado por conducir bajo los efectos del alcohol o bien negarse a realizar la prueba de alcoholemia, siempre cabe la posibilidad, si así se solicita, de poder fraccionar la condena impuesta, relativa a la retirada del carnet.

La jurisprudencia, a la hora de fundamentar este tema de debate, establece que, si bien la ley vigente no prevé el fraccionamiento de esta condena, tampoco la prohíbe.

 

Requisitos para el fraccionamiento de la retirada

1. Conductor profesional

En general, ha de tratarse de un conductor profesional, es decir, tiene que pertenecer a alguno de los colectivos arriba indicados.

 

2. Total imposibilidad de acudir al lugar de trabajo

Que la retirada del permiso de conducir impida al condenado a acudir a su puesto de trabajo, ya sea por falta de comunicación de transporte público, o que el mismo no se adecue en horarios a los del trabajador.

 

3. Cargas familiares

Debe tener cargas familiares. Se trata de demostrar que la retirada del carnet afecta no solo al condenado, sino también a su familia y la falta de ingresos puede dar lugar a la apertura de otros procedimientos judiciales como por ejemplo un desahucio.

Caben en este punto, por ejemplo, contratos de hipoteca, tarjetas de crédito, contratos de suministros o incluso sentencias judiciales que obligan al pago de una pensión de alimentos.

 

La propuesta de fraccionamiento de la retirada del carnet de conducir

No debemos obviar que la propuesta de fraccionamiento de la retirada del carnet de conducir se debe solicitar en forma en sede judicial, indicando los plazos que se precisan necesarios para cumplir con la pena impuesta judicialmente.

Tras la firmeza de la sentencia, se abre la fase de ejecución por parte del Juzgado de lo Penal de la localidad correspondiente a fin de ejecutar la pena impuesta.

Es en este momento procesal cuando el condenado, por medio de su defensa letrada, debe presentar todas las pruebas que acrediten los solicitado a fin de que la condena sea fraccionada.

 

En G&H Abogados especialistas en alcoholemias estamos a su disposición en lo referente a cualquier  duda que pueda tener sobre fraccionar la  pena impuesta de retirada del carnet de conducir derivada del delito contra la seguridad vial por conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas, y en relación a  sus circunstancias personales, un gran equipo de profesionales especializado en exclusiva al delito de alcoholemia y con una trayectoria profesional de más de 35 años de experiencia, resolverán sus dudas al respecto.

 

Brindamos asistencia legal en todos los partidos judiciales de la Comunidad de Madrid, Segovia, Ávila y Valladolid.

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